PUBLICACION DE DIVORCIO
PUBLICACION DE DIVORCIO
Se hace de público conocimiento por disposición de la ley 1306-BIS, establecido en su Art.42, sobre Divorcio, lo siguiente que en fecha 26 de Marzo del año 2024, la 4ta sala para Asuntos De Familia de la Cámara Civil y Comercial del juzgado de 1ra instancia de la provincia Santo Domingo Especializado en Asuntos de Familia, Dicto la sentencia No. 1288-2024SSEN00306, por incompatibilidad de caracteres, cuyo dispositivo es el siguiente; PRIMERO: Pronuncia el defecto en contra la parte demandada señor José Rafael Prado Javier, por no comparecer no obstante haber sido citado legalmente. SEGUNDO: Declara como buena y valida, en cuanto a la forma, la presente demanda de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, por haber sido hecha conforme a las leyes que rigen la materia. TERCERO: En cuanto al fondo, admite el presente divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, entre los señores José Rafael Prado Rosario y Carmen Aracelys Crucey Javier, con todas sus consecuencias legales, por los motivos procedentes expuestos. CUARTO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante la oficialÃa del estado civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades prevista en la ley de divorcio. QUINTO: Compensa las costas del procedimiento por tratarse de una Litis entre esposos. Sexto: Comisiona al ministerial Yenit Esther Piña Pérez, Alguacil Ordinario de la Cámara penal de la Corte de Apelación de la Provincia Santo Domingo, a los fines de notificar la presente sentencia. Asà se pronuncia, ordena, manda y firma. La presente sentencia que antecede fue firmada digitalmente en fecha veintiséis (26) del mes de marzo del año dos mil veinticuatro (2024) por la Magistrada Leidy /. Alcántara Mangueta, jueza presidente de la Cuarta sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial. Pronunciada en la oficialÃa del Estado Civil de la 4ta Circunscripción, Santo Domingo Este, Libro: 00003, Folio: 0169, Acta: 000235, Año: 2024, de fecha 23 de agosto del año 2024.
LIC. YULY B. FERRERAS C…
Abogada Apoderada
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